La primera oferta de vivienda pública de 2019 conforme al nuevo Reglamento de la EMVS, compuesta por 288 viviendas, inicia el periodo de alegaciones. Hasta el 12 de marzo las personas solicitantes que no hayan sido admitidas y las admitidas que hayan encontrado algún error en sus datos, podrán acudir a la sede de la EMVS para adecuar sus solicitudes.

Todas las personas que realizaron su solicitud de vivienda pueden consultar el estado de la misma en nuestra página web (www.emvs.es), donde también se pueden ver las solicitudes “Admitidas” y “No admitidas”.

Las solicitudes registradas como “ADMITIDAS” que no tengan ningún error en los datos del solicitante, no es necesario que realicen ningún trámite porque participan correctamente en la Primera Oferta de Vivienda.

Las solicitudes registradas como “NO ADMITIDAS” deben personarse en nuestra sede para poder presentar alegaciones y subsanar su solicitud.

Procedimiento de adjudicación

El pasado 6 de febrero finalizó el periodo de actualización e inscripción de nuevas solicitudes, en base al nuevo Reglamento, para esta oferta de vivienda con 19.927 solicitudes presentadas, de las cuales han sido válidamente inscritas y aceptadas 15.548. El resto no han podido ser aceptadas por existir error o ausencia de alguna información sobre la unidad familiar solicitante de vivienda; aspectos que pueden subsanarse actualmente.

Entre los datos registrados, destaca que el 36% de las solicitudes presentadas corresponden a menores de 35 años. También cabe mencionar que un 68% de solicitantes llevan más de diez años residiendo en Madrid, de los cuales el 54% residen desde hace más de 14 años.

El nuevo Reglamento entró en vigor el 5 de enero de 2019 estableciendo el cambio en el proceso de adjudicación, por lo que es necesaria la actualización de las solicitudes recogidas en el RPSV (Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda).

Actualmente, está abierto el plazo de alegaciones en base al listado de participantes y, posteriormente, tendrá lugar la publicación de la relación definitiva de adjudicatarios.

La selección de participantes en el proceso de adjudicación se establece en función de la tipología y del número de viviendas disponibles y el grupo de demanda al que van dirigidos.

Se consideran grupos de demanda las personas menores de 35 años y las mayores de 65; las familias monoparentales y las numerosas; las personas con discapacidad; las víctimas de violencia de género, trata y/o explotación sexual; la demanda general; las personas en vulnerabilidad residencial y las personas en “extrema exclusión residencial”; de acuerdo con los porcentajes mínimos fijados por el Reglamento.