Queda sin efecto la fecha de caducidad que hasta ahora venía figurando en las tarjetas sanitarias de la Comunidad de Madrid, un paso más en la simplificación de los trámites administrativos con el ciudadano, que también supondrá para la administración una importante reducción de los costes de emisión del documento. Además, se mantiene la emisión de documentos de atención sanitaria para inmigrantes y personas sin recursos
La vigencia de la Tarjeta Sanitaria Individual (TIS) de la Comunidad de Madrid se ha reconvertido en indefinida desde el uno de enero de este año, quedando sin efecto la fecha de caducidad que hasta ahora figuraba en este documento que da acceso a las prestaciones de la sanidad pública madrileña. Con esta medida, se eliminarán y simplificarán los trámites administrativos con el ciudadano, a la vez que supondrá una importante reducción de los costes al aminorar a su vez la emisión del documento.
La iniciativa, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, está recogida en la Orden 1296/2016, de 30 de diciembre por la que se regula el contenido y la expedición de la Tarjeta Sanitaria Individual de la Comunidad de Madrid, cuya validez estará vinculada a la condición de asegurado o beneficiario como marca la normativa estatal.
Otro de los aspectos que se regula es el nuevo formato de la Tarjeta Sanitaria que incluirá en el reverso una banda magnética con tres bandas de información sanitaria. La Consejería de Sanidad irá sustituyendo progresivamente las tarjetas sanitarias actualmente existentes por aquellas adaptadas al nuevo modelo.
También, la normativa autonómica regula los “documentos sanitarios específicos” que se mantendrán para determinados colectivos como personas no aseguradas en situación de exclusión social, inmigrantes y desplazados temporales de otras comunidades, y a fin de garantizar el acceso a la asistencia sanitaria en la región madrileña.
Solicitar la tarjeta
En la Comunidad de Madrid la tarjeta sanitaria se solicita en los centros de salud y consultorios del Servicio Madrileño de Salud, acreditando el derecho a la asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud y certificado de empadronamiento en cualquiera de los municipios de la Comunidad, salvo en Madrid capital, dado que los centros de salud lo pueden verificar de manera telemática.
Además, aquellos ciudadanos que dispongan de certificado electrónico o DNI electrónico, pueden solicitar la tarjeta sanitaria por vía telemática. Una vez emitida la tarjeta sanitaria llega directamente al interesado por correo postal, a la dirección aportada por el ciudadano, en un plazo inferior a 3 meses.
Sanidad recuerda que siempre que cambie de domicilio, teléfono u otros datos aportados para la emisión de su tarjeta sanitaria es necesario que lo comunique de forma inmediata- de forma presencial, en su Centro de Saludo a través del procedimiento telemático con certificado digital o DNI electrónico.