El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado hoy destinar un gasto plurianual de 15,4 millones de euros para financiar una nueva convocatoria pública de ayudas directas por nacimiento o adopción, una de las medidas incluidas en el Plan de Fomento de la Natalidad y Conciliación 2024-2029. Podrán beneficiarse de este apoyo económico las familias de menores nacidos o adoptados entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 que cumplan los requisitos establecidos.
La cuantía que percibirá cada familia asciende a 500 euros por el primer hijo, 750 euros por el segundo y 1.000 euros por el tercero y siguientes. La ayuda es universal, por lo que no se impone limitación alguna por renta de la unidad familiar ni por edad de los progenitores. Tan solo se pide al progenitor solicitante estar empadronado en la capital desde hace, al menos, cinco años. Esta subvención es compatible con otras previstas para la misma finalidad impulsadas por otras administraciones o entes públicos o privados.
La convocatoria dispone de un crédito de 4,7 millones de euros para las solicitudes presentadas en el último cuatrimestre del ejercicio 2026 y de 10,7 millones de euros para el ejercicio 2027. No obstante, el presupuesto podría incrementarse en función de la demanda.
Cómo solicitar la ayuda
La ayuda podrá solicitarse a partir de la semana que viene. El Consistorio especificará la fecha concreta en los canales correspondientes. El modelo de la solicitud estará disponible en sede.madrid.es y debe ser cumplimentado y firmado por un progenitor o tutor del menor. A continuación, debe presentarse en el Registro del Ayuntamiento de forma presencial o telemática a través de la Sede Electrónica.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a partir del día siguiente al nacimiento o la adopción. Para aquellos nacimientos o adopciones que se produzcan desde del 1 de septiembre de 2026 (incluido) y con anterioridad a la publicación de la convocatoria, este plazo de dos meses comenzará a computarse desde el día siguiente a la fecha de publicación. Solo se puede presentar una solicitud por cada nacimiento o adopción. En el caso de nacimientos o adopciones múltiples es necesaria una solicitud por cada uno de los menores.
El progenitor solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos: ser español o extranjero con residencia legal en España, estar empadronado en la capital desde hace, al menos, cinco años y no estar privado de la patria potestad de sus menores. Asimismo, no debe estar incurso en alguna de las causas de prohibición para acceder a la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, con las excepciones previstas en la convocatoria.
El Área de Políticas Sociales, Familia e Igualdad es la responsable de la tramitación de la convocatoria, apoyada en esta gestión por una entidad colaboradora. Tras comprobar que los solicitantes cumplen los requisitos establecidos para ser beneficiarios, se abonará la ayuda en un pago único.
Plan de Fomento de la Natalidad y Conciliación
Esta convocatoria de ayudas directas por nacimiento o adopción se corresponde con la medida número 39 del Plan de Fomento de la Natalidad y Conciliación 2024-2029 del Ayuntamiento de Madrid, la estrategia que guía la política municipal en materia de protección de la maternidad y paternidad y de apoyo a las familias en la crianza de los hijos con servicios que les ayuden a compatibilizar su vida personal y laboral.
