La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha expresado sus reservas sobre la nueva tasa de gestión de residuos que aplicará el Ayuntamiento de Madrid en 2026 al considerar que sigue sin ajustarse plenamente al principio de «quien contamina paga», recogido en la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Según la organización, la normativa estatal tiene como objetivo vincular el coste de la gestión de residuos al comportamiento efectivo de cada ciudadano, incentivando así tanto la reducción de desechos como una correcta separación para su reciclaje. Sin embargo, OCU sostiene que la ordenanza municipal mantiene un sistema de cálculo en el que continúan teniendo un peso relevante criterios generales y no individualizados.
La asociación recuerda además que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló la ordenanza correspondiente a 2025 por cuestiones relacionadas con la justificación económica de la tasa y la transparencia de la documentación técnica empleada para su cálculo. No obstante, subraya que dicha resolución aún no es firme, ya que se encuentran admitidos a trámite recursos de casación presentados por el Ayuntamiento.
Respecto a la tasa que se cobrará en 2026, OCU señala que se basa en una nueva ordenanza distinta de la anterior, aunque conserva una estructura similar. En concreto, combina una tarifa básica con otra vinculada a la generación de residuos e incorpora variables como el número de residentes en la vivienda. La organización considera que siguen teniendo una influencia significativa factores como el valor catastral del inmueble o los datos de generación y separación de residuos por barrios.
Para OCU, la aplicación efectiva del principio de «quien contamina paga» requeriría una mayor relación entre la cuota abonada y la cantidad real de residuos generados por cada contribuyente, así como una valoración de comportamientos individuales, como el uso de puntos limpios o la participación en programas de compostaje.
Ante esta situación, la organización recomienda recurrir el recibo de la tasa una vez abierto el plazo legal para ello, al entender que persisten dudas sobre la justificación de determinados costes repercutidos y sobre la consideración de los ingresos derivados de la responsabilidad ampliada del productor. No obstante, recuerda que la tasa se encuentra vigente y debe abonarse dentro del periodo voluntario de pago, fijado entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre, para evitar recargos.
Asimismo, OCU precisa que el plazo para presentar recursos contra el recibo se abrirá el 1 de diciembre y concluirá el 30 de ese mismo mes. La entidad ha puesto a disposición de los contribuyentes un modelo de recurso, aunque advierte de que su presentación no garantiza la devolución de las cantidades abonadas, sino que permite mantener abierta esa posibilidad en caso de que los tribunales lleguen a anular la ordenanza y la liquidación no haya adquirido firmeza.
