El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, contra la Ley 1/2026, de 15 de abril, que habilitaba a la Comunidad de Madrid para ejercer la acción popular en determinados ámbitos. La admisión del recurso implica la suspensión automática de los preceptos impugnados, conforme al artículo 161.2 de la Constitución.
La suspensión es efectiva desde el 16 de julio de 2026 para las partes del proceso, fecha en la que se interpuso el recurso, y se extenderá a terceros desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El Tribunal deberá decidir en un plazo máximo de cinco meses si mantiene o levanta la suspensión.
Una ley aprobada en abril con mayoría absoluta del PP
La norma suspendida fue aprobada por la Asamblea de Madrid en abril de 2026 con los votos favorables del Partido Popular y Vox. La ley modificaba varias normas autonómicas —entre ellas la Ley Forestal y de Protección de la Naturaleza (16/1995), la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (17/1997) y la Ley de Patrimonio Cultural (8/2023)— para permitir a la administración regional personarse como acusación popular en procedimientos judiciales relacionados con asuntos considerados de interés general.
Entre los supuestos contemplados figuraba la posibilidad de intervenir en causas vinculadas a protestas o manifestaciones, como las registradas durante la Vuelta Ciclista a España de 2025 contra el genocidio israelí en Gaza. La Abogacía General de la Comunidad de Madrid ya había advertido de posibles problemas de constitucionalidad en la norma.
Argumentos del Gobierno
El presidente del Gobierno sostiene que la ley podría vulnerar el artículo 149.1.6ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación procesal. Según la demanda, la habilitación a la Comunidad de Madrid para ejercer la acción popular supondría una invasión de competencias estatales.
Próximos pasos
Con la admisión a trámite, el Tribunal Constitucional analizará el fondo del recurso y determinará si la Ley 1/2026 se ajusta al marco constitucional. Hasta que se dicte resolución definitiva, la norma permanecerá suspendida en los términos previstos por la Constitución.
