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Madrid aprueba inicialmente la modificación del Reglamento de Prestación de Servicios Funerarios y Cementerios

Gacetín Madrid 12 septiembre, 2024
12 septiembre, 2024
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La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este jueves el proyecto inicial de modificación del Reglamento de Prestación de Servicios Funerarios y Cementerios para unificar en un único texto todos los preceptos normativos relativos a estos servicios existentes hasta la fecha, tal y como establece el Plan de Gobernanza y Simplificación Normativa del Ayuntamiento de Madrid.

De esta forma, se incrementa la seguridad jurídica, al contar con criterios de actuación homogéneos y únicos, y se refuerza la transparencia, posibilitando el acceso sencillo, universal y actualizado a la normativa en vigor, según ha informado la vicealcaldesa y portavoz municipal, Inma Sanz, en rueda de prensa.

Además, la modificación incluye aspectos relativos a las visitas organizadas de tipo cultural o de otra índole realizadas a los cementerios municipales, regula el acceso de animales domésticos y amplía el ámbito subjetivo de la titularidad de unidades de enterramiento que, hasta ahora, en el caso de personas jurídicas solo contemplaba a las confesiones religiosas, para incluir también a partidos políticos, asociaciones, fundaciones y cualquier otra entidad jurídica sin ánimo de lucro.

El nuevo reglamento también simplifica los trámites administrativos necesarios para que los familiares de los titulares de concesiones administrativas de unidades de enterramiento que hubieran fallecido puedan llevar a cabo, al menos provisionalmente, la transmisión de dicha titularidad.

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Asimismo, se integran en el reglamento las normas para la tramitación de expedientes de abono de los servicios funerarios gratuitos de carácter social en el municipio de Madrid, aprobadas en mayo de 2005, incorporando su revisión, que incluye la posibilidad de presentar una declaración responsable si no se dispone de documentación, así como la posibilidad de que los familiares puedan solicitar la celebración del velatorio, que antes no se permitía.

Acceso de animales domésticos

Se incluye como novedad un apartado para permitir el acceso a los cementerios municipales de animales domésticos, siempre que lo hagan acompañados y conducidos mediante cadena o cordón que permita su control. Los propietarios serán responsables de los eventuales daños a las personas o a las instalaciones que se pudieran producir.

Este aspecto ha sido una de las cuestiones incluidas en la consulta pública previa realizada a la ciudadanía madrileña para la elaboración del nuevo reglamento. Las respuestas han sido mayoritarias a favor de que se permita el acceso de animales domésticos a estos recintos.

Por otro lado, las vistas generales o parciales a los cementerios municipales con motivo de fotografías, grabaciones o rodajes, así como las visitas organizadas con fines culturales, patrimoniales o educativos quedarán sujetas a las tarifas establecidas al efecto y a la autorización previa y directrices marcadas por la Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid (SFM).

El proyecto de modificación del reglamento se someterá ahora al trámite de alegaciones durante un periodo de 30 días naturales.

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