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El Tribunal Constitucional suspende la ley de Ayuso que limita la eutanasia en discapacitados tutelados

Gacetín Madrid

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, contra la disposición adicional segunda de la Ley de la Comunidad Autónoma de Madrid 1/2023, de 15 de febrero, de creación de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad.

El Tribunal, tras haber invocado el Gobierno en su demanda el artículo 161.2 de la Constitución, suspende la aplicación de la disposición impugnada, que establece que “cuando se pretenda llevar a cabo cualquier actuación que afecte al derecho a la vida de la persona con discapacidad a la que se haya provisto de un apoyo de carácter representativo para el ejercicio de la capacidad jurídica o se determine de manera expresa en la resolución que estableció el apoyo,  se tramitará un procedimiento de jurisdicción voluntaria para la solicitud de autorización judicial”.

El Gobierno alega que el citado precepto podría vulnerar las competencias del Estado sobre legislación civil (art. 149.1.8 CE) y legislación procesal (art. 149.1.6 CE), al establecer requisitos procesales y civiles para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad que no contempla la legislación procesal y sustantiva civil.

Asimismo sostiene que podría vulnerar la reserva de la ley orgánica (art. 81.1 CE) por regular requisitos adicionales y distintos a los previstos en la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, así como el principio de seguridad jurídica (art. 9.3 CE).

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