Noticias » Distritos » Chamberí » La ZPAE de Trafalgar-Ríos Rosas, lista para su aprobación definitiva en el Pleno de este mes

La ZPAE de Trafalgar-Ríos Rosas, lista para su aprobación definitiva en el Pleno de este mes

Gacetín Madrid

El proyecto definitivo de declaración de la nueva Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) Trafalgar-Ríos Rosas, en el distrito de Chamberí, y su correspondiente plan zonal específico están listos para elevarse al Pleno municipal el próximo 29 de noviembre. En caso de que sea aprobado entrará en vigor el próximo 9 de enero.

La Junta de Gobierno ha aprobado este jueves el texto una vez que se ha respondido a las 214 alegaciones recibidas durante los 45 días de información pública. En total, como ha explicado en rueda de prensa el delegado de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, se han admitido 21 propuestas íntegramente y otras 32 de manera parcial.

Uno de los principales cambios que incorpora el documento es la posibilidad de que el órgano municipal pueda extinguir la autorización de una terraza que se sitúe en el interior de la zona protegida si sus responsables quebrantan la normativa acústica.

Para fomentar las campañas de formación, información y sensibilización, se introduce la obligación de que las actividades recreativas expongan cartelería en sus accesos recordando a los usuarios que se encuentran en una ZPAE donde se superan los objetivos de calidad acústica. En estos letreros se deberá reflejar que el ruido es molesto y los vecinos tienen derecho al descanso y que está prohibido consumir alcohol en la vía pública.

Se explicita en el proyecto que se realizarán campañas de inspección para perseguir y sancionar las prácticas incorrectas en la recogida de residuos, evitando, por ejemplo, la práctica de juntar cubos en determinadas ubicaciones. Se añade la obligación de que el reciclaje de vidrios se realice en recipientes de los establecimientos para evitar el uso de contenedores comunitarios. Para complementar este apartado, el texto recoge aumentar la formación de agentes de Policía Municipal del distrito para que realicen estas inspecciones.

Se mantiene la misma delimitación

La ZPAE de Trafalgar-Ríos Rosas se implantará para dar respuesta a las quejas vecinales por ruido que el Ayuntamiento de Madrid ha recibido en estos barrios de Chamberí. A raíz de las denuncias presentadas, el Área de Medio Ambiente y Movilidad desarrolló durante seis meses una campaña de medición de los niveles sonoros ambientales, que concluyó con que se superaban los objetivos de calidad acústica, siendo el ocio la fuente de ruido principal en la zona en los periodos nocturnos de jueves a domingo entre las 23:00 y las 7:00 h.

Chamberí, uno de los distritos más céntricos del municipio, cuenta con una superficie de 467,92 hectáreas y una población de 138.667 habitantes. Se divide en seis barrios: Gaztambide, Arapiles, Trafalgar, Almagro, Ríos Rosas y Vallehermoso. La zona Trafalgar-Ríos Rosas tiene una extensión de 153,45 hectáreas y afecta a los barrios de Ríos Rosas, Trafalgar, Almagro, Arapiles y Vallehermoso, donde viven 61.000 personas. Las actividades presentes en la zona son en su mayoría bares, restaurantes y asimilables (90,5 %), con menor presencia de bares especiales (6,6 %) y menor aún de salas de fiesta y discotecas (2,8 %).

El proyecto aprobado hoy mantiene el ámbito espacial inicial, delimitado por las siguientes calles Bravo Murillo, Bretón de los Herreros, Carranza, Donoso Cortés, Espronceda, Fernández de la Hoz, García de Paredes, Génova, José Abascal, Santísima Trinidad, Magallanes, Modesto Lafuente, Monte Esquinza, Orfilia, Ponzano, Raimundo Fernández Villaverde, Ríos Rosas, Sagasta, San Bernardo, Santa Engracia, Zurbano, Zurbarán y las glorietas de Bilbao, Ruiz Jiménez, General Álvarez de Castro y la plaza de Alonso Martínez.

Dentro del ámbito se establecen tres zonas con características y medidas correctoras diferentes para la recuperación acústica de las mismas: zona de contaminación acústica baja, moderada y alta. En todas ellas, las terrazas y quioscos de hostelería y restauración situados en terrenos de dominio público o en terrenos de titularidad privada expondrán carteles recordando a los clientes el horario de cierre del establecimiento y advirtiendo que el ruido es molesto e impide el descanso de los vecinos. Además, quedará prohibida su instalación en bandas de estacionamiento.

Zonas de contaminación acústica baja

Las zonas de contaminación acústica baja son aquellas que presentan una superación de los objetivos de calidad acústica menor de 5 dBA en el ambiente exterior. En ellas, se permite la implantación, ampliación o modificación de actividades como café-espectáculo, salas de fiestas, restaurantes-espectáculos, locales de exhibiciones, discotecas y salas de baile, bares de copas sin o con música en directo, tabernas, bodegas, cafeterías, chocolaterías, heladerías, salones de té, bares, bares y restaurantes de hotel con acceso desde la vía pública y salones de banquetes si se encuentran a más de 150 metros de las zonas de contaminación acústica alta, a 75 metros de otras zonas moderadas o 50 metros de otras zonas bajas.

Las nuevas solicitudes de terrazas de hostelería y restauración o la modificación de las vigentes tendrán un aforo límite del 50 % del aforo autorizado para el local principal.

No se admitirá el uso de huecos o ventanas practicables con el exterior del local para nuevas actividades. Las existentes deberán mantenerlas cerradas en todo momento durante el funcionamiento de la actividad.

El horario para terrazas y quioscos en periodo estacional (del 15 de marzo al 31 de octubre) los viernes, sábados y víspera de festivos será de 9:00 a 1:30 h. Los lunes, martes, miércoles, jueves y domingo es de 9:00 a 24:00 h. El resto del año, para aquellas que tengan autorización para un periodo de funcionamiento anual, será desde las 9:00 a las 24:00 h.

El Ayuntamiento podrá reducir el horario de funcionamiento atendiendo a razones de interés general o en aquellos casos en los que exista más de una sanción en firme en el plazo de dos años asociada al funcionamiento de una determinada terraza. 

Zonas de contaminación acústica moderada

Las zonas de contaminación acústica moderada son aquellas que presentan una superación de los objetivos de calidad acústica igual o superior a 5 dBA e inferior a 10 dBA en el ambiente exterior.

No se permite la implantación, ampliación o modificación de actividades recreativas con música tales como espectáculos públicos, de esparcimiento y diversión, culturales y artísticas, de baile, otros establecimientos abiertos al público de ocio y diversión, hostelería y restauración. Esta prohibición incluye las actividades de salas de fiestas, restaurante-espectáculo, café-espectáculo, discotecas, salas de baile y bares de copas que se ubiquen en establecimientos hoteleros.

No podrán implantarse, ampliarse o modificarse actividades de establecimientos abiertos al público como hostelería y restauración, dedicados a espectáculos públicos, esparcimiento y diversión, culturales y artísticos, actividades recreativas, de baile, ocio y diversión, entre otras, a una distancia menor de 100 metros en zonas de contaminación acústica alta. Asimismo, no se podrán ampliar o modificar estas actividades si se encuentran a 75 metros de otras zonas moderadas o a 50 metros de otras zonas bajas.

A diferencia de la zona de contaminación acústica baja, solo se admitirán cambios a otras actividades recreativas como tabernas y bodegas, cafeterías, bares y asimilables, chocolaterías, heladerías, salones de té, bares-restaurantes, bares y restaurante de hoteles con acceso directo desde la vía pública y salones de banquetes siempre que sean sin música.

Las calles con esta clasificación tampoco podrán tener huecos ni ventanas de locales practicables con el exterior y las nuevas solicitudes de terrazas de hostelería y restauración o modificación de las vigentes también tendrán un aforo límite del 50 % del aforo autorizado para el local principal.

El horario de terrazas y quioscos en periodo estacional (15 marzo-31 octubre) los viernes, sábados y vísperas de festivo se extiende hasta la 1:30 h y lunes, martes, miércoles, jueves y domingo, hasta las 23:30 h. El resto del año, desde las 9:00 hasta las 23:30 h. Comparte el resto de las particularidades de la zona de contaminación acústica baja. 

Zonas de contaminación acústica alta

Las zonas de contaminación acústica alta son aquellas que presentan una superación de los objetivos de calidad acústica igual o superior a 10 decibelios (dBA) en el ambiente exterior.

Para los establecimientos que se ubiquen en lugares con esta clasificación no estará permitida la implantación, ampliación o modificación de nuevas actividades como las mencionadas en las zonas anteriores. Solo se admitirán cambios a otras actividades recreativas como tabernas y bodegas, cafeterías, bares y asimilables, chocolaterías, heladerías, salones de té, bares-restaurantes, bares y restaurante de hoteles con acceso directo desde la vía pública y salones de banquetes sin música.

Las terrazas comparten las particularidades de las otras dos zonas, pero el horario también es diferente. El horario máximo de funcionamiento para zonas de contaminación acústica alta en terrazas y quioscos de hostelería y restauración será, desde el 15 de marzo y hasta el 31 de octubre, de 9:00 a 1:00 h de viernes, sábado y víspera de festivo, y de 9:00 a 23:30 h los lunes, martes, miércoles, jueves y domingo. El resto del año, para las que tengan autorización anual, de 9:00 a 23:00 h.

Por otro lado, en los eventos celebrados donde se solicite permiso para superar los límites de emisiones sonoras, no podrán autorizarse en el periodo comprendido entre las 2:30 y las 7:00 horas.

Mediciones durante seis meses

El Área de Medio Ambiente y Movilidad realizó mediciones acústicas entre los meses de septiembre de 2021 y febrero de 2022 para determinar la situación acústica de esta zona, evaluar el cumplimiento de los objetivos en esta materia y la posibilidad de declarar la zona como de protección acústica especial, en cumplimiento del artículo 25, de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.

Durante seis meses se recopilaron las mediciones de 22 ubicaciones, habiendo obtenido un total de 15.410 horas de medición. Se realizó un análisis previo detallado de la zona para situar los medidores en diferentes ubicaciones.

Los terminales de monitorizado de ruido se instalaron en edificios residenciales en las calles de Alonso Cano, Ponzano, Bretón de los Herreros, Viriato, Santa Engracia y en la plaza de Olavide, la calle García de Paredes, Luchana, Covarrubias, Agustín de Betancur, Raimundo Fernández Villaverde y Trafalgar.

Con los datos recopilados, los técnicos municipales extrajeron las siguientes conclusiones:

1º. En el ámbito analizado están presentes dos focos de ruido, el tráfico rodado y la actividad de ocio, siendo ésta última la fuente de ruido predominante durante el periodo nocturno, de jueves a domingo, entre las 23:00 y las 7:00 h.

2º. Los resultados de las mediciones realizadas constatan que se superan los objetivos de calidad acústica durante el periodo nocturno en todos los puntos medidos.

3º. El periodo de mayor actividad del ocio se corresponde con las noches de los jueves a viernes, de viernes a sábado y de sábado a domingo.

Más protección acústica para el distrito

La ZPAE de Trafalgar-Ríos Rosas es la segunda que tendrá el distrito (la primera fue la de Aurrerá, que en noviembre de 2016 se amplió a todo el barrio de Gaztambide) y la cuarta de la ciudad (junto a las ZPAE de Centro -revisada en abril de 2019- y la de Azca-Avenida de Brasil).

La elevada concentración de actividades de ocio en determinadas zonas del distrito de Chamberí ha sido causa de numerosas quejas vecinales por ruido ambiental desde finales de los años 80. Con la intención de preservar el medio ambiente acústico, ya en 1990 el Ayuntamiento de Madrid declaró determinadas áreas del distrito de Chamberí como Zona Ambientalmente Protegida (ZAP).

Posteriormente, en el año 2010, bajo el marco jurídico de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y de los reales decretos que la desarrollan, el Ayuntamiento declaró la zona de Aurrerá como ZPAE al haber constatado la superación de los objetivos de calidad acústica de aplicación.

En el año 2015, con motivo de la revisión de dicha ZPAE, el Ayuntamiento realizó una nueva campaña de mediciones, ampliando el ámbito de estudio a todo el barrio de Gaztambide.

Noticias relacionadas

Deja un comentario

* Al utilizar este formulario, usted acepta el almacenamiento y manejo de sus datos por parte de este sitio web y nuestra Política de privacidad.