La Sección 10ª del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el abogado Carlos Sardinero García, colaborador de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, y ha condenado solidariamente al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) y a la compañía aseguradora SHAM al pago de una indemnización de 90.000 euros, así como de los intereses legales establecidos, por el retraso en la puesta a disposición de un paciente de los medios necesarios para detectar, con suficiente anticipación, una isquemia mesentérica, ocasionándole graves e irreversibles perjuicios físicos y psicológicos, tanto a nivel personal como laboral.
La Sentencia es de fecha de diciembre de 2021, pero se notificó a finales de enero y la firmeza ha sido notificada recientemente. El paciente, de 41 años, el 05/06/2017 fue intervenido en el Hospital Universitario Puerta de Hierro de Majadahonda para exéresis de tumor retroperitoneal, tumor que fue detectado el 07/02/2017 mediante una ecografía abdominal y confirmado con un TAC el 01/03/2017.
Tales pruebas fueron realizadas a fin de determinar la causa de la hiperferritinemia asintomática que padecía. Tras la intervención, a las 15:00 horas, fue trasladado a la Unidad de Recuperación Postanestésica, manifestando dolores lumbares desde las 18:00 horas, signo de una isquemia mesentérica aguda, secundaria a trombosis, en el territorio de la arteria mesentérica superior.
El 07/06/2017, a pesar de la medicación suministrada, los dolores y molestias fueron incrementando (entre las 00:00 y las 4:00 horas), por lo que solicitó la exploración de un médico en varias ocasiones, pero nadie acudió. No fue hasta las 11:48 horas, un día después de comenzar con la sintomatología, cuando se procedió a la práctica de un TAC abdominal, que reveló una amputación de la arteria mesentérica superior de 1 cm aproximadamente, así como un pequeño hematoma en el lecho quirúrgico y hallazgos compatibles con isquemia mesentérica con extensa afectación de asas intestinales y del colon derecho. Sin embargo, no fue reintervenido hasta las 13:32 horas; para entonces ya se había producido la necrosis en el intestino delgado.
Consecuencia de la cirugía, el 08/06/2017 se observó una insuficiencia respiratoria aguda severa por neumonía derecha y un fracaso renal agudo, empeorando el estado del paciente. Por consiguiente, casi 10 horas después de la aparición de los síntomas, se efectuó una relaparotomía exploradora, que puso de relieve la existencia de una nueva isquemia intestinal.
El Tribunal Superior de Justicia acoge los argumentos del Letrado Carlos Sardinero García y considera que: “concurren elementos probatorios suficientes para deducir que no se pusieron a disposición del paciente todos los medios de la sanidad pública para detectar con antelación suficiente la isquemia mesentérica, que finalmente, determinó una nueva intervención con los consiguientes perjuicios de acortamiento del intestino, impidiendo de ese modo que pudiera afrontarse el tratamiento que, podría haber permitido superar un poco mejor la grave patología y con ello mejorar la calidad de vida del paciente.
Y de ello se deriva la concurrencia del presupuesto de la antijuridicidad del daño, recogido en el artículo 34.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y básico para la apreciación de la responsabilidad patrimonial de la Administración que se reclama”.