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La Justicia anula la retirada de las calles de Largo Caballero e Indalecio Prieto por el Ayuntamiento de Madrid

Gacetín Madrid

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid ha anulado la retirada de las calles de Largo Caballero e Indalecio Prieto por parte del Ayuntamiento de Madrid y obliga a reponer la placa dedicada a Largo Caballero quitada a martillazos.

La sentencia del Juzgado, a la que ha tenido acceso GACETÍN MADRID, considera favorable el recurso interpuesto por la Unión General de Trabajadores (UGT) que anula el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid del 29 de septiembre de 2020, cuya consecuencia fue la retirada de la calle a Francisco Largo Caballero, en Ciudad Lineal, y del bulevar a Indalecio Prieto, en Vicálvaro, además de la placa dedicada a Largo Caballero en la Plaza de Chamberí, debiendo restituirla tras ser destruida a martillazos.

UGT recuerda que procedió a interponer una querella contra el Ayuntamiento por delitos contra el patrimonio y por prevaricación administrativa, inadmitiéndola por parte del Juzgado de Instrucción número 26 de Madrid. El sindicato recurrió en apelación esta decisión ante la Audiencia Provincial de Madrid, que la admitió en diciembre de 2021.

Para UGT, la sentencia favorable por parte del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid es una noticia «muy relevante en la defensa de la memoria de la figura histórica del sindicalismo español e internacional que encarnan tanto Francisco Largo Caballero como Indalecio Prieto», y ante la «grave actuación del Ayuntamiento de Madrid, con la connivencia de los partidos políticos de Vox, PP y Ciudadanos», que decidieron retirar el nombre de Francisco Largo Caballero y de Indalecio Prieto de las calles de Madrid, y retirar y destruir la placa que, en homenaje al primero de ellos, estaba colocada en la fachada de la Junta de Distrito de Chamberí.

Además, la sentencia recoge que Largo Caballero e Indalecio Prieto no exaltaron la sublevación militar contra el Gobierno legítimo y constitucional de la II República, ni fomentaron o apoyaron el golpe de Estado, así como tampoco exaltaron la represión de la Dictadura, ya que ambos murieron en el exilio, por lo que en ningún caso entran en los supuestos previstos en el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica de 2007, de Zapatero.

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