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19 zonas básicas y municipios de Madrid estarán confinados desde este lunes

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La Comunidad de Madrid va a ampliar las restricciones de movilidad por el coronavirus a 3 nuevas zonas básicas de salud (ZBS) y un municipio, por lo que a partir de este lunes no se podrá entrar y salir de ellas, excepto por causa justificada. Además, se levantan las restricciones en 4 zonas básicas de salud y un municipio.

En estas 16 zonas y 3 localidades con limitaciones a partir de este lunes viven 450.000 madrileños, el 6,7% de la población en la región, y en ellas se concentra el 8,5% de los casos de contagios. Debido a la situación epidemiológica se mantienen restricciones a partir de este lunes con los siguientes criterios: umbral superior a los 500 casos, observación de transmisión comunitaria y una tendencia creciente significativa.

Por ello, la Dirección General de Salud Pública va a establecer limitaciones de entrada y salida, salvo por motivos justificados, desde las 00:00 horas de este lunes, 26 de abril, y hasta las 00:00 horas del lunes, 10 de mayo, en las zonas básicas de salud de Gandhi (Ciudad Lineal), General Fanjul (Latina), Alcalde Bartolomé González (Móstoles) y San Agustín de Guadalix.

Además, continúan hasta las 00:00 horas del lunes 3 de mayo las restricciones a la movilidad en las zonas básicas de salud de Castelló (Salamanca), Eloy Gonzalo (Chamberí) y Majadahonda (Majadahonda).

Por otro lado, debido a la buena evolución de su situación epidemiológica se levantan las limitaciones de entrada y salida en las zonas básicas de salud de San Fernando, en San Fernando de Henares; Valle de la Oliva, en Majadahonda; el municipio de Paracuellos, y en Madrid capital las Virgen de Begoña (Fuencarral-El Pardo); y Valdebernardo (Vicálvaro).

7 días más

Por otro lado, se mantienen las restricciones de movilidad una semana más, es decir hasta las 00:00 horas del lunes 3 de mayo, las zonas básicas de salud de Villanueva del Pardillo, La Princesa y Barcelona, en Móstoles; Las Margaritas, en Getafe; y en Madrid capital las de Rejas (San Blas-Canillejas), Quinta de los Molinos (San Blas-Canillejas), Chopera (Arganzuela); Villa de Vallecas (Villa de Vallecas): Barajas (distrito de Barajas) y Silvano (distrito de Hortaleza).

También quedarán limitadas durante una semana más las entradas y salidas, salvo por causas justificadas, en las localidades de Manzanares El Real y Moralzarzal.

Medidas para toda la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid ha decidido prorrogar el horario de las restricciones a la movilidad nocturna (toque de queda), establecido entre las 11 de la noche y las 6 de la mañana, durante al menos otras dos semanas más hasta las 00:00 horas del 9 de mayo, ya que la anterior prórroga caducaba este lunes, 26 de abril.

Además, se mantiene también al menos 14 días más el horario de cierre establecido a las 11 de la noche para el sector de la hostelería y de la restauración, quedando prohibida la entrada de nuevos comensales después de las 10 de la noche.

La Comunidad de Madrid prorrogará además la prohibición de reunirse con no convivientes en los domicilios otras dos semanas más «dado que la reducción de los contactos y la interacción social es una de las medidas que se está mostrando más eficaz para contener la propagación de la COVID-19», explican desde la Consejería de Sanidad, que han recordado que el 80% de los contagios de COVID-19 se produce en el ámbito familiar.

Por ello, la participación en reuniones sociales, familiares o lúdicas en domicilios y espacios de uso privado sigue quedando limitada a las personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia, con determinadas excepciones, hasta las 00:00 horas del 9 de mayo.

Se exceptúan a esta limitación establecida las personas que viven solas, que podrán formar parte de una única unidad de convivencia ampliada. Cada unidad de convivencia puede integrar solamente a una única persona que viva sola.

También se exceptúa el cuidado, asistencia o acompañamiento a menores de edad, personas mayores, enfermos, dependientes o personas con discapacidad, por motivos justificados y la reunión de menores de edad con sus progenitores o tutores legales, en caso de que vivan en domicilios diferentes.

A estas excepciones se suma la reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja que viven en domicilios diferentes; las actividades propias de los centros, servicios y establecimientos de carácter social; las actividades laborales, educativas e institucionales; y aquellas actividades para las que la Consejería de Sanidad haya establecido medidas específicas para la contención del COVID-19.

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