Noticias » Comunidad » Declarado el Estado de Alarma en la Comunidad de Madrid por 15 días

Declarado el Estado de Alarma en la Comunidad de Madrid por 15 días

Gacetín Madrid

Noticias Madrid: Puedes seguir todas las noticias de actualidad que publicamos desde Gacetín Madrid a través de nuestro canal en Telegram >> enlace

Finalmente el Consejo de Ministros ha aprobado el Estado de Alarma en la Comunidad de Madrid, tras su reunión de este mediodía con la ausencia de Pedro Sánchez, que ha estado acompañando al Rey Felipe VI a Cataluña, y al mantenerse desde Madrid en su plan de cierres por zonas básicas de salud. Dicho Estado de Alarma entra en vigor a las 3 de la tarde y tendrá una duración de 15 días, que podría ser prorrogada con la ratificación de Congreso de los Diputados.

En un principio se había convocado el Consejo de Ministros para las 08:30 horas, pero una llamada a última hora del jueves entre Sánchez e Isabel Díaz Ayuso, presidenta madrileña, lo había retrasado a las 12 de la mañana, al pedir esta última «tiempo» para adoptar su posición. Al parecer, el presidente Sánchez le habría dado un «ultimatum» con tres posibles salidas: 1) que la Comunidad de Madrid dicte una Orden sanitaria al amparo de lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986; 2) que solicite el Estado de Alarma al Gobierno central; 3) que el Gobierno central declare el Estado de Alarma sin solicitud previa.

Sin embargo, desde el Gobierno regional se ha agotado el tiempo sin responder al Gobierno central. Al parecer desde La Moncloa han intentado ponerse en contacto en repetidas ocasiones con algún miembro del Ejecutivo madrileño, pero no ha sido posible.

Finalmente sobre las 11:30 de la mañana, el vicepresidente regional Ignacio Aguado le ha comunicado a Carmen Calvo, vicepresidenta nacional, que la Comunidad de Madrid no aceptaría ninguna de las condiciones para poner medidas más restrictivas y apostaría por seguir con el confinamiento selectivo de 46 zonas básicas de salud, ya que «es lo que está funcionando».

Minutos antes de las 12 de la mañana, hora límite, Ayuso al parecer habría intentado hablar con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para pedir más tiempo  y tratar de llegar a un nuevo acuerdo mediante «una negociación sin chantajes», pero ya ha sido «demasiado tarde» y el Consejo de Ministros ha dado comienzo, considerando que habría tenido tiempo suficiente desde las 11 de la noche de ayer jueves para dar una respuesta.

«Desplantes» del Gobierno regional

Esta decisión ha sido tomada como consecuencia de los «desplantes» por parte del Gobierno de la Comunidad de Madrid al Gobierno central y los intentos infructuosos de concertar este jueves una reunión con representantes del Gobierno regional a través del Grupo COVID-19, para concretar y decidir de manera consensuada las medidas frente al coronavirus en Madrid, después de que el TSJM hubiera tumbado el cierre de la capital y otros 9 municipios de la región al entender que se vulneraban derechos fundamentales.

Sin embargo, pasadas las 8 de la tarde el Ejecutivo de Ayuso aún no había respondido a la solicitud de reunión. Al parecer, el Gobierno regional ha ignorado durante todo este jueves las comunicaciones del Ministerio de Sanidad. Desde Sanidad se habían enviado dos mensajes para establecer la cita, uno al vicepresidente regional y portavoz del Gobierno, Ignacio Aguado, y otro a la Consejería de Sanidad, ambos al parecer no han tenido contestación.

Finalmente desde la Comunidad de Madrid han decidido elaborar su propia orden sanitaria sin contar con el Ministerio de Sanidad, a pesar de que Ayuso había dicho en otra rueda de prensa esta mañana que sería consensuada con el Gobierno central. Ante ello, se han precipitado los acontecimientos y desde La Moncloa se ha comenzado a trabajar en un plan de Estado de Alarma para la Comunidad de Madrid.

Las medidas de restricción serán las mismas que ya se venían aplicando, ya que lo que cambiaría sería el instrumento legal por las que se adoptan, es decir, la cobertura jurídica:

Restricciones a la movilidad

Se restringirá la entrada y salida de personas de los municipios de más de 100.000 habitantes ya afectados por las anteriores restricciones menos Alcalá de Henares, que sale de la lista (Madrid, Fuenlabrada, Alcorcón, Parla, Getafe, Leganés, Móstoles, Torrejón de Ardoz y Alcobendas), salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales, asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil y asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, entre otros.

Las personas residentes podrán circular dentro de los municipios afectados, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes.

Restricciones de aforos y horarios

Aforo máximo, distancia y horario para determinados ámbitos como los lugares de culto. En ellos dicho aforo máximo será de un tercio y se deberá garantizar siempre la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros.

En los velatorios el aforo máximo será de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. Y, la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para la cremación de la persona fallecida se restringirá a un máximo de quince personas.

En el caso de los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público el aforo máximo será del 50 por ciento y la hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas, salvo las excepciones que se prevean.

Por su parte los establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas tendrán también un aforo máximo del 50 por ciento en espacios interiores y del 60 por ciento en espacios exteriores. El consumo en barra no estará permitido. Y, las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas. La ocupación máxima de personas por mesa o agrupación de mesas será de seis.

Hay que tener en cuenta que no podrán admitirse nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23:00 horas, a excepción de los servicios de entrega de comida a domicilio.

Las academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas y centros de formación no incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 9 del Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, el aforo máximo será del cincuenta por ciento.

Y, en las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior el aforo máximo será también del cincuenta por ciento en espacios interiores y del sesenta en exteriores y la práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas.

Reuniones sociales

Limitación de las reuniones sociales, tanto en espacios públicos como en privados, a un máximo de seis personas, excepto en el caso de ser convivientes, en actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas.

Noticias relacionadas

Deja un comentario

* Al utilizar este formulario, usted acepta el almacenamiento y manejo de sus datos por parte de este sitio web y nuestra Política de privacidad.