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La Comunidad de Madrid constituye el Observatorio de Víctimas del Delito

Gacetín Madrid 10 septiembre, 2020
10 septiembre, 2020
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La Comunidad de Madrid ha finalizado los trámites para la constitución del Observatorio de Víctimas del Delito, un órgano de nueva creación impulsado por el Gobierno regional, para mejorar la atención y protección integral a las víctimas de delitos en nuestra región.

El consejero de Justicia, Interior y Víctimas del Ejecutivo regional, Enrique López, ha firmado hoy el acta de composición de este nuevo Observatorio, cuyo objetivo es la protección de todas las víctimas en general y, en particular, las del terrorismo, las de delitos de odio y hechos violentos. Además, se prestará especial protección al colectivo más vulnerable, como son las víctimas menores de edad.

El Observatorio estará compuesto por un presidente, un vicepresidente, tres vocales y un secretario. La presidencia recae en el consejero de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid; la vicepresidencia será asumida por la viceconsejera, y los tres vocales designados serán el director general con competencia en Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito; el de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (ASEM112), y la gerente de la Agencia para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor. Por último, la secretaría recaerá en el Comisionado del Gobierno para la Atención a las Víctimas del Terrorismo de la Comunidad de Madrid.

El Observatorio se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez cada seis meses   y, de manera extraordinaria, cuando lo convoque la presidencia a través de la secretaría. La pertenencia a este órgano o la asistencia a sus reuniones no dará  lugar a remuneración ni indemnización alguna.

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Entre sus funciones destaca asesorar a los órganos y entidades de la Administración de la Comunidad de Madrid en materia de atención integral y protección a las víctimas de delitos. También se le atribuye la capacidad de analizar los datos estadísticos recopilados por las Oficinas de Asistencia a las Víctimas, así como la memoria anual elaborada por éstas. El Observatorio podrá también realizar estudios técnicos sobre las actuaciones de estas oficinas y sobre la red de coordinación.

Asimismo, promoverá la elaboración de protocolos de actuación en su ámbito competencial y se encargará de actualizarlos de acuerdo con la normativa nacional e internacional. También creará una guía de recursos y servicios de las víctimas y propondrá mecanismos de coordinación de las actuaciones de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas con los diferentes órganos y entidades competentes que prestan asistencia a este colectivo.

Por último, se encargará de proponer pautas encaminadas a la elaboración de un protocolo básico de actuaciones en los casos en los que las víctimas menores de edad se convierten en infractores, así como en los supuestos en los que los infractores menores de edad se convierten en víctimas, con el fin de armonizar criterios de actuación y de evaluación.

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