La Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración del Ayuntamiento de Madrid, integrada por representantes de las Áreas de Coordinación Territorial, Movilidad, Seguridad, Comercio, Turismo y Urbanismo, ha establecido las condiciones y medidas con las que podrán abrir las 5.323 terrazas de la capital una vez la Comunidad de Madrid sea autorizada para pasar a la fase 1 de la desescalada.

En ese momento, serán los concejales-presidentes de cada distrito quienes deberán dictar un decreto levantando la suspensión de las terrazas acordada en su día, ajustándolo a la Orden SDN 399/2020 que limita al 50% las mesas permitidas.

La Comisión de Terrazas ha propuesto un conjunto de criterios que permitirán ampliar las superficies autorizables cumpliendo el triple objetivo de no erosionar los intereses de otros sectores, no interferir en la circulación de los viandantes y dar a la vez cumplimiento a la normativa en materia de accesibilidad universal.

De este modo, las terrazas podrán extenderse a lo largo de la fachada del edificio en el que se encuentren y de sus edificios colindantes respetando siempre los establecimientos comerciales. Se autorizará la instalación de terrazas en las intersecciones de las calles mediante la colocación de mesas y sillas que aseguren la visibilidad de la circulación rodada, se podrán poner terrazas adosadas a las fachadas, también en zonas terrizas y, excepcionalmente, sobre bandas de estacionamiento y en espacios interbloques (siempre que no sean de uso privado).

El Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana considera que “en todo momento, se ha buscado flexibilizar las restricciones previas para contribuir a la reactivación de la economía de la ciudad sin menoscabar los derechos de los comerciantes y vecinos”.

Estos nuevos criterios fijados por la Comisión de Terrazas serán de obligado cumplimiento y de carácter temporal, por lo que su vigencia y la de las autorizaciones otorgadas a su amparo tendrán validez hasta el 31 de diciembre de 2020.