- El Ayuntamiento de Madrid recomienda llevar el distintivo visible aunque no será obligatorio hasta el fin de este periodo.
- La colocación es voluntaria por el momento, pero se recomienda adherirlo al parabrisas.
- La obligatoriedad se ha incluido en la Ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada este viernes.
Los vehículos a motor cuentan con un plazo de seis meses para llevar visible en Madrid el distintivo medioambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT) desde la entrada en vigor de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, aprobada este viernes 5 de octubre en el Pleno del Ayuntamiento de Madrid. No obstante, el Ayuntamiento de Madrid recomienda llevarlo ya visible la etiqueta y consultar la clasificación ambiental de los vehículos en la web de la DGT.
Madrid va a poner en marcha el Protocolo por alta contaminación, que entra en vigor el 8 de octubre, y Madrid Central, el 23 de noviembre. Ambas medidas están pensadas para mejorar la calidad del aire y se basan en el sistema de distintivos ambientales en vigor recogidos en el Plan nacional de Calidad del Aire y protección de la atmósfera 2013-2016.
Esta clasificación, divide a los vehículos en cinco categorías: los más viejos y contaminantes (los anteriores al año 2000 en el caso de los gasolina y de 2006 en los diésel), que no tienen distintivo, y las cuatro categorías restantes: B, C, ECO y CERO, que sí disponen de etiqueta. Se clasifica así el parque automovilístico para discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente y la salud.
Las motocicletas también están sujetas a esta clasificación ambiental. En este caso, las que no tienen derecho a distintivo son aquellas anteriores al año 2000.
Por ahora, la colocación de los distintivos es voluntaria, pero se recomienda que se adhieran en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, si se dispone de él, o en su defecto, en cualquier sitio visible del vehículo.
Las personas que carezcan de etiqueta y cuyo vehículo sea B, C, ECO o CERO pueden adquirirlas en las oficinas de Correos, presentando el permiso de circulación del vehículo y el pago de cinco eros en concepto de tasa. Además, la Confederación Española de Talleres (CETRAA) y gestores administrativos son otras de las opciones para la realización del trámite.
Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías
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entonces me imagino que los que no nos corresponde la etiqueta, al no poder circular libremente por madrid, estaremos exentos de pagar el impuesto municipal de vehiculos de traccion mecanica .