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Madrid crea un sello que acredita a los profesionales inscritos en el Registro de Agentes Inmobiliarios

Gacetín Madrid

La consejera de Transportes, Vivienda e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, Rosalía Gonzalo, ha visitado la sede de una de las primeras empresas inscritas en el Registro de Agentes Inmobiliarios de la Comunidad de Madrid (RAIN) para entregar a sus responsables el sello que acredita su pertenencia al mismo.

Con este distintivo, el Gobierno regional pretende facilitar a los usuarios la identificación de los profesionales que forman parte del RAIN, registro creado recientemente con el objetivo de defender y proteger los derechos de los consumidores y favorecer la calidad y garantías en la prestación de un servicio que habitualmente supone grandes desembolsos económicos para los ciudadanos.

La inscripción en el RAIN, que es de carácter voluntario, favorece la transparencia en el sector, ya que los consumidores pueden consultar su nómina de integrantes a través de la página web de la Comunidad de Madrid cuando quieran conocer a los profesionales que han acreditado las suficientes garantías para pertenecer a él.

Entre los requisitos que se exigen para formalizar la inscripción en el registro está tener un establecimiento de este tipo abierto al público en la Comunidad de Madrid o bien prestar este servicio por vía electrónica o telemática, y acreditar la capacitación profesional para desarrollar esta actividad.

Se entiende que el agente inmobiliario tiene esta capacitación profesional cuando cumple alguno de estos tres supuestos: tener un título universitario de Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería o Arquitectura, haber completado una formación no universitaria de al menos 200 horas lectivas en materia inmobiliaria o acreditar experiencia como agente inmobiliario durante al menos los cuatro años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.

Además, la Comunidad de Madrid exige para inscribirse distintos requisitos de solvencia, como tener una garantía por importe mínimo de 60.000 euros por establecimiento abierto al público y año de cobertura y un seguro de responsabilidad civil profesional vigente con un capital mínimo asegurado de 100.000 euros por siniestro y 600.000 euros por año.

La inscripción tiene una vigencia de cinco años renovables por periodos de igual duración y puede llegar a ser cancelada en caso de que se constate inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en la información facilitada para figurar en el mismo.

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