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Declaran este viernes como investigados 6 policías que entraron por la fuerza a un piso turístico del barrio de Salamanca por una fiesta ilegal

Gacetín Madrid

El Juzgado de Instrucción número 28 de Madrid interroga este viernes, 17 de septiembre, en calidad de investigados por un delito de allanamiento de morada y de daños a seis agentes de la Policía Nacional que la madrugada del pasado 21 de marzo, empleando un ariete, echaron abajo la puerta de un piso turístico de la calle Lagasca, en el Barrio de Salamanca, después de que los vecinos denunciaran el ruido y los gritos de jóvenes que procedía de la vivienda por una posible fiesta ilegal.

En el domicilio se encontraba un número superior de personas al permitido por las restricciones establecidas por las autoridades sanitarias para intentar paliar la pandemia del coronavirus que afectaba a la población, además de incumplirse otras medidas como la prohibición de reuniones de no convivientes. Tras recibir el atestado policial, el Juzgado de Instrucción nº 4 de Madrid abrió diligencias para investigar a los jóvenes, siendo recurrido ante la Audiencia de Madrid.

Posteriormente los magistrados de este órgano, tras estimar dicho recurso presentado por los inquilinos del inmueble, ordenaron al juzgado de Instrucción nº 4 que, además de no admitir a trámite la denuncia, dedujera testimonio por si los agentes de la Policía Nacional hubieran incurrido en infracción penal por la entrada no consentida en ese domicilio.

En el auto, al que tuvo acceso Gacetín Madrid, la Sección 23º de la Audiencia de Madrid sentencia que «se ha producido un exceso en el ejercicio de la autoridad, con infracción del derecho a la inviolabilidad del domicilio». Según el atestado policial, los agentes procedieron a intentar abrir la puerta del piso por sus propios medios, llegando a emplear dos técnicas diferentes antes de recurrir al uso del ariete para tumbar la puerta, procediendo a detener a los jóvenes que se encontraban dentro por un supuesto delito de desobediencia grave a la autoridad.

Los magistrados consideran que «no era necesario penetrar a la vivienda por la fuerza, quebrantando el derecho a la inviolabilidad del domicilio», a lo que añaden que las personas en el interior del inmueble «únicamente se negaron a abrir la puerta y con ello a identificarse», por lo que «no era de temer una progresión delictiva o la desaparición de pruebas del delito que en definitiva no se habían cometido».

Es decir, entiende que se trata de una desobediencia leve, no tipificada como delito. Por ello, el instructor de la causa ha admitido a trámite la querella que interpuso el morador de la vivienda por un delito de allanamiento de morada y de daños e interrogará este viernes a los policías implicados.

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