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Las listas del Censo Electoral para las elecciones del 26 de mayo se podrán consultar en Arganda del 8 al 15 de abril

Gacetín Madrid

Con motivo de la convocatoria de Elecciones Municipales, Autonómicas y al Parlamento Europeo, que se celebrarán el próximo 26 de mayo de 2019, y de conformidad con el artículo 39.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, las listas electorales se expondrán del 8 al 15 de abril, ambos días inclusive. El censo vigente para estas elecciones es el cerrado al 30 de enero de 2019. Al mismo se incorporarán las reclamaciones estimadas.

Las listas del Censo Electoral permanecerán expuestas al público a efecto de consulta y formalización de posibles reclamaciones en la Oficina de Atención a la Ciudadanía, situada en el Ayuntamiento de Arganda del Rey, en horario de 8:30 a 19:30 horas, de lunes a viernes, y de 9:00 a 13:30 horas los sábados.

De igual forma, se podrán consultar en la Oficina de Atención a la Ciudadanía de La Poveda, en horario de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 horas. La exposición y consulta se realizará personalmente en las oficinas indicadas. La Oficina del Censo Electoral también posibilita la consulta de la inscripción en el Censo a través de su página web.

Las reclamaciones se formalizarán en el impreso oficial establecido a tal fin e irán firmadas por la persona interesada, pudiéndose presentar, acompañadas de fotocopia de su documento de identidad, en la Oficina de Atención a la Ciudadanía o en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de Madrid, situada en la calle Trafalgar, número 29. Todas las reclamaciones presentadas se resuelven en los tres días siguientes y se notifican a las personas interesadas.

Pasada la fecha del 15 de abril no se podrá modificar el censo para este proceso electoral, por lo que es muy importante comprobar los datos personales, pues si no figura, o los mismos son erróneos, no se podrá ejercitar el derecho a voto.

Los electores que prevean que en la fecha de la votación no se hallarán en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho de voto, o que no puedan personarse, pueden emitir su voto por correo. La solicitud del voto por correo de los electores residentes en España puede realizarse hasta el 16 de mayo en cualquier oficina de Correos.

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