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El TSJM avala la decisión de la Comunidad de no declarar BIC a las Cocheras de Cuatro Caminos

Gacetín Madrid

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha avalado la decisión de la Comunidad de Madrid según la cual, en febrero de 2017, la Dirección General de Patrimonio Cultural desestimó la declaración como Bien de Interés Cultural (BIC) de las Cocheras de Cuatro Caminos.

De este modo, el Tribunal ha acordado desestimar, en sentencia del pasado 21 de enero, la petición planteada por la asociación Madrid, Ciudadanía y Patrimonio de otorgar la máxima distinción a este recinto. La sentencia respalda la decisión de la Administración regional, que determinó que “los elementos patrimoniales del recinto, aunque no son desdeñables, no tienen valor suficiente para ser declarados BIC”.

Este criterio, recuerda el TSJM, se basó en informes técnicos que, a juicio del tribunal, son “más convincentes” que los presentados por la citada asociación. Y ello porque, entre otros, la Comunidad de Madrid se apoyó en un dictamen elaborado por la Real Academia de las Bellas Artes de San Fernando que concluyó que las cocheras “no presentan motivo arquitectónico ni estructural de valor arqueológico para su restauración”.

El Tribunal, además, subraya que la Real Academia nunca ha propuesto que las Cocheras de Cuatro Caminos sean declaradas como BIC. La sentencia explica también que la Comunidad de Madrid contó con un informe elaborado por arquitectos especialistas en la Conservación y Restauración del Patrimonio Histórico, cuyas tesis doctorales versan sobre la figura de Antonio Palacios y de los edificios industriales que diseñó. Este informe subraya “la inexistencia de evidencias que confirmen la participación de Antonio Palacios en el diseño y construcción de las cocheras”.

Tampoco en la Guía de la Arquitectura de Madrid, elaborada por el Colegio de Arquitectos de Madrid, figura el recinto de las cocheras. Como señala la sentencia, esta guía está considerada la “Biblia del conservacionismo en Madrid” y es de donde se han venido extrayendo los elementos arquitectónicos a proteger.

En su escrito el TSJM recuerda que la Comisión Local de Patrimonio Histórico, presidida por la Comunidad de Madrid, ya planteó en julio de 2017 que la “embocadura del túnel de acceso a las vías; la parte existente de la Casa Tuduri y el cerramiento del costado este”, deberán incorporarse al Catálogo de Bienes Protegidos del Ayuntamiento de Madrid e integrarse en la edificación planteada en la parcela que ocupan las cocheras.

La decisión de la Comunidad de Madrid, concluye la sentencia, se ajustó en todo momento a Derecho y subraya: “Pretender extender la declaración BIC a todo inmueble o elemento por el mero hecho de tener una relativa antigüedad, no solo supone una limitación injustificada de derechos de terceros y restricciones a un desarrollo urbano coherente, sino que desvirtúa el propio concepto de BIC y desmerece a aquellos bienes realmente excepcionales”.

A juicio de Paloma Sobrini, directora general de Patrimonio Cultural, esta sentencia demuestra la “profesionalidad” con la que trabajan los funcionarios de su departamento. “La protección del patrimonio se basa en criterios técnicos, independientes, profesionales y de sentido común”, ha defendido.

Sobrini considera que “la función social de la arquitectura nos obliga a buscar soluciones que permitan compatibilizar el respeto a los valores patrimoniales con la viabilidad de dar un uso a los bienes”. Para la directora general, tal y como señala el TSJM en su sentencia, “es un error considerar que todo lo antiguo tiene un valor artístico, histórico o arquitectónico intrínseco”, ha concluido.


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1 comentario

sam 28 enero, 2019 - 3:29 pm

Afortunadamente la Justicia a dictaminado lo evidente. El Juez ha hecho un buen trabajo, la pena es que podría haber estado dedicando sus esfuerzos a cosas útiles, si no hubiera sido por unas «plataformas» interesadas en sus propios intereses pero diciendo que representan a los madrileños cuando son unas 6 personas en total. Les han perdonado las costas

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