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Ayuntamiento de Madrid y sindicatos suscriben un acuerdo para homologar al personal laboral con el funcionario

Gacetín Madrid
  • Lo han rubricado cuatro sindicatos: CCOO, UGT, CSIF y CSIT.
  • Con un coste de 9,5 millones de euros, beneficiará a los cerca de 4.200 trabajadores laborales del Ayuntamiento de Madrid al equiparar su situación a la del personal funcionario, abriéndoles además el camino de su promoción profesional.
  • El personal laboral lo integran trabajadores de instalaciones deportivas; Informática del Ayuntamiento de Madrid (IAM); Madrid-Salud; Agencia para el Empleo; Agencia Tributaria, Agencia de Actividades y el propio Ayuntamiento de Madrid.




La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, ha firmado con los sindicatos CCOO, UGT, CSIF y CSIT un acuerdo que culmina el proceso de clasificación del personal laboral municipal, pendiente desde el 2006. Gracias a este acuerdo, que supone 9,5 millones de euros  para las arcas municipales, se normaliza, a partir del 1 de julio, la situación de los cerca de 4.200 trabajadores laborales que tiene el Ayuntamiento, al equiparar su situación a la del personal funcionario, abriéndoles además el camino de su promoción profesional.

El personal laboral del Ayuntamiento de Madrid pertenece a varios colectivos: personal de instalaciones deportivas, integrado en el Ayuntamiento desde 2005; Informática del Ayuntamiento de Madrid (IAM); Madrid-Salud; Agencia para el Empleo; Agencia Tributaria, Agencia de Actividades y el propio Ayuntamiento. Hasta el momento se regían, en cuanto a clasificación profesional y retribuciones, por sus respectivos convenios de origen, pese a que el Acuerdo Único, suscrito en 2006, daba un plazo de seis meses para desarrollar la clasificación y las relaciones de puestos de trabajo. De ahí la importancia de cerrar un proceso que se había dilatado más de una década.




El acuerdo suscrito hoy recoge cuatro ejes fundamentales: encuadrar las actuales categorías profesionales en los grupos/subgrupos que establece el acuerdo sobre condiciones comunes de trabajo de todo el personal, sea laboral o funcionario. El segundo eje es establecer los puestos de trabajo del personal laboral en relación con los de funcionarios iguales o equivalentes, lo que supone además su homologación retributiva. El tercero regula los sistemas de selección y promoción y la forma de selección de los puestos y, finalmente, un cuarto eje contempla un nuevo sistema retributivo para todo el personal laboral.

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