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La Junta de Gobierno aprueba el Plan Económico Financiero 2017-2018 del Ayuntamiento de Madrid

Gacetín Madrid
  • Se someterá a votación en la Comisión de Economía y Hacienda de la próxima semana y después en el Pleno municipal. El plan se remitirá después al Ministerio de Hacienda, siguiendo los pasos que marca la legislación..
  • En el Plan se exponen los motivos que han llevado al incumplimiento de la regla de gasto en 233 millones de acuerdo a la interpretación actual.
  • Entre ellos figuran las competencias impropias que asume el Ayuntamiento para cubrir necesidades básicas de la ciudadanía y la reducción de la deuda.
  • Se propone una metodología de cálculo al Ministerio de Hacienda que tiene amplio consenso. «Con esta interpretación, ajustada a la realidad, el Ayuntamiento de Madrid no habría incumplido la Regla de Gasto» explican.




La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado hoy, jueves 16 de marzo, el Plan Económico Financiero (PEF) para 2017-2018, que pasará por la Comisión Ordinaria de Economía y Hacienda y se elevará al Pleno de este mes para su aprobación definitiva. El PEF será remitido a continuación al Ministerio de Hacienda y Función Pública.

El concejal de Economía y Hacienda, Carlos Sánchez Mato, ha presentado las líneas fundamentales del PEF, en las que se detallan los motivos por los que se ha sobrepasado la Regla de Gasto en 2016, «se dan garantías probadas de estabilidad presupuestaria y se propone una interpretación de la regla más acorde con la realidad económica de los municipios y con las necesidades de la ciudadanía».

Motivos

De acuerdo a la interpretación actual que hace el Ministerio de Hacienda, el Ayuntamiento de Madrid sobrepasó en 2016 la Regla de Gasto en 233 millones de euros. Según explican desde el Consistorio:

-La amortización adelantada de deuda fue penalizada con un coste de 1,8 millones de euros en 2016. Se trata de un gasto que no decidió acometer el equipo de Gobierno (la ley obliga a ello). 

-101 millones de gastos derivados de la ejecución de sentencias y resoluciones judiciales firmes no previstas en 2016 y que son consecuencia de la gestión de gobiernos anteriores. Es un gasto que no decidió acometer el actual equipo de Gobierno. 




-Cambio de política de vivienda desde un modelo de venta a un modelo de alquiler, que supone contablemente un incremento del ‘gasto’ por 70 millones de euros. Es un gasto contable, no real. 

-Medidas de ahorro del gasto en alquileres a medio plazo. 

-Gastos financiados con ingresos de particulares por valor de 6,6 millones. Hay algunas actuaciones y obras que benefician a particulares pero que son realizadas por el Ayuntamiento, de forma que éste acaba cobrándoles el servicio a través de impuestos específicos (vados, vallas). Estos gastos han de realizarse obligatoriamente porque provienen de impuestos con finalidad específica. Es un gasto no previsto y no controlable que no debería computar para la Regla de Gasto. 

-428 millones de gasto derivado de competencias impropias que está prestando el Ayuntamiento con sus propios recursos, a pesar de que debería estar financiado por la Comunidad y el Estado. Si tuviesen la financiación que recoge la legislación no computarían en computarían para la Regla de Gasto. 




Interpretación no ajustada a la realidad

Según fuentes municipales, «la Regla de Gasto es una limitación impuesta por la Ley de Estabilidad Presupuestaria que impide a los ayuntamientos aumentar el gasto público más allá de una tasa de referencia basada en el crecimiento de la economía española. El cálculo de esa regla fue diseñado en un periodo en el que la mayoría de corporaciones locales incumplían los objetivos de estabilidad presupuestaria y en el que se consideraba prioritario contener el gasto público local. Sin embargo, en la actualidad la mayoría de los ayuntamientos más importantes cumplen sobradamente los requisitos de déficit, deuda y pago a proveedores, por lo que continuar restringiendo el gasto atendiendo a ese restrictivo cálculo de la regla de gasto resulta contraproducente para las necesidades de los ciudadanos y ciudadanas».

«La interpretación que hace el Ministerio de Hacienda de la Regla de Gasto de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria conduce a situaciones como la de Madrid: el Ayuntamiento de Madrid tiene superávit que debería poder usar de manera responsable para mejorar el bienestar de la ciudad y de sus habitantes», explican. 




Propuesta de revisión

El Gobierno municipal plantea por ello «una revisión de la interpretación de la Regla de Gasto, para que sea más flexible, así como una serie de medidas que reducirían el gasto computable en dicha norma. Actualmente, el techo de gasto depende del ejecutado el año anterior. Y la propuesta consiste en que esté supeditado al gasto realizado en 2013 (año anterior a la puesta en marcha de la Regla de Gasto). Con esta metodología el Ayuntamiento de Madrid no habría incumplido la Regla de Gasto ningún año».

Medidas a adoptar en 2017 y 2018

Las medidas a adoptar en el ejercicio actual y en 2018 son acciones, cantidades y gastos que no computarían en la Regla de Gasto, de acuerdo al planteamiento del Gobierno municipal:

-El Ayuntamiento requerirá la aprobación del nuevo marco de financiación autonómica y local para poder contar, al menos, con el 50% de la financiación que le corresponde acorde a la ley, para cubrir el gasto derivado de las competencias impropias estimadas en 496 millones en 2017 y 508 millones en 2018. 

-En 2017 están previstas una serie de inversiones reales por importe de 104,6 millones de euros que serán financiadas con el remanente de tesorería, dado que cumplen los requisitos para ser tratadas como inversiones financieramente sostenibles (IFS). Una cifra que tampoco contaría para la Regla de Gasto. 




-Se emprenderán acciones encaminadas a optimizar al máximo la ocupación de los edificios en propiedad municipal para poder adecuarlos a su mejor uso y reducir así el coste de los arrendamientos y, por tanto, el gasto que computa para la Regla de Gasto.

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