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Más de 8.700 inmuebles de Madrid han actualizado su situación catastral

Gacetín Madrid

El número de inmuebles regularizados asciende a 8.741, cuyo valor catastral suma 911.992.384 euros, un 207,27% más de lo previsto. Se trata de incorporar al Catastro nuevas construcciones, rehabilitaciones o reformas que no han sido debidamente declaradas.




El 1 de abril del pasado año entró en vigor el procedimiento de regularización catastral para el municipio de Madrid y, desde entonces, se han detectado más de 15.005 incidencias en fincas, que pueden afectar cada una de ellas a uno o varios bienes inmuebles. Una vez realizados los trabajos de documentación e inscripción en el Catastro inmobiliario de dichos errores, el número de inmuebles regularizados asciende a 8.741, cuyo valor catastral suma 911.992.384 euros, un 207,27% más de lo previsto.

El Ayuntamiento de Madrid estima que la actualización realizada hasta el momento incrementará lo recaudado en concepto del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en 10.241.356 euros (7.272.586 euros en 2016 y otros 2.968.770 euros en 2017), debido a que crece el número de propiedades que van a abonar este impuesto. Por supuesto, la regularización no implica una subida de la cuota del IBI.




Este proceso es fruto de la colaboración entre la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid y la Dirección General del Catastro (dependiente del Ministerio de Hacienda). Se trata de una medida de lucha contra el fraude, que permite incorporar al Catastro nuevas construcciones, rehabilitaciones o reformas que no han sido debidamente declaradas y que, por tanto, no contribuyen al sostenimiento de los servicios públicos en la misma proporción que el resto de los inmuebles catastrales de la capital. 

 Cifras regularización

Los datos facilitados a la Agencia Tributaria por la Dirección General del Catastro revelan que hasta diciembre de 2016 se habían contabilizado más de 15.000 incidencias en propiedades. Los casos revelados pueden ser omisiones de construcciones completas; omisiones de ampliaciones, rehabilitaciones o reformas no declaradas; cambios de uso y piscinas no incluidas en el Catastro, así como declaraciones de nueva construcción, ampliación, reforma o rehabilitación presentadas fuera de plazo.




El inicio de la entrega de datos se produjo durante la primera quincena de junio. Actualmente el suministro es semanal (las entregas más habituales constan de 500 a 800 expedientes) y el Ayuntamiento realiza las comprobaciones con la misma periodicidad. Las primeras notificaciones de errores en la inscripción se efectuaron a partir del 13 de julio de 2016.

Tras documentar e inscribir en el Catastro las incidencias detectadas, el Ayuntamiento ha notificado las propuestas de resolución correspondientes a 8.741 inmuebles, lo que aflora un valor catastral 911.992.384 euros, un 207,27% más de lo previsto, a pesar de que el número de inmuebles regularizados ha sido menor al inicialmente estimado (13.970). Este incremento del valor catastral se explica por la actualización de varios inmuebles de muy elevada superficie y valor catastral.




Sólo afecta a aquellos inmuebles que no están adecuadamente incluidos en el Catastro. No implica una nueva revisión de valores catastrales, ya que los inmuebles regulados se valoran con la “ponencia de valores” vigente en el municipio de Madrid. El propósito es garantizar la distribución equitativa de los impuestos municipales conforme a la capacidad económica real, que pone de manifiesto el valor catastral de los inmuebles.

Con la inclusión de Madrid en el plan de regularización catastral 2016 (BOE de 31 de marzo de 2016) se ha dado continuidad al trabajo de lucha contra el fraude que ya realiza la Agencia Tributaria de Madrid desde 2004, gracias al convenio de colaboración suscrito por la Dirección General del Catastro –dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas– y el Ayuntamiento, que ha permitido la incorporación a este censo de más de 140.000 inmuebles omitidos o incorrectamente catastrados.




La revisión del valor catastral tiene efecto desde la fecha en que se realizó la obra nueva o la modificación que no se declaró, por lo que, cuando proceda, se liquidarán los atrasos pertinentes en el IBI. No se imponen sanciones, si bien se aplica una tasa de 60 euros por cada bien inmueble regularizado. Las condiciones y la tasa vienen determinadas por el marco estatal, que el Ayuntamiento de Madrid aplica en cumplimiento de un acuerdo del Pleno Municipal de septiembre de 2015.

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